Modelo 349: declarar tus operaciones intracomunitarias
Quién presenta el modelo 349, con qué periodicidad, cómo se rellena, qué operaciones entran y la relación con el ROI y el sistema VIES.
En esta guía
- Quién tiene que presentarlo
- Antes del 349: el ROI y el VIES
- Cada cuánto se presenta
- Cómo se rellena
- Las claves de operación
- Los errores más frecuentes
- Preguntas frecuentes
- ¿Tengo que presentarlo si no he hecho ninguna operación este trimestre?
- ¿Entra Reino Unido?
- ¿Cuánto es la sanción por no presentarlo?
- ¿Un cliente particular de la UE va al 349?
- ¿Necesito gestoría para esto?
- ¿El 349 sustituye a alguna otra declaración?
El 349 es una declaración que no cuesta ni un euro y que mucha gente descubre cuando le llega la sanción por no haberla presentado. Es puramente informativa: sirve para que las administraciones tributarias de los distintos países de la UE cuadren entre sí las operaciones sin IVA.
Y precisamente porque no se paga nada con ella, se olvida.
#Quién tiene que presentarlo
Quien realice operaciones intracomunitarias con empresarios o profesionales de otros Estados miembros:
- Prestaciones de servicios a empresas de la UE, facturadas sin IVA con inversión del sujeto pasivo.
- Adquisiciones de servicios a empresas de la UE (por ejemplo, tu factura de una herramienta de software con sede en Irlanda).
- Entregas y adquisiciones de bienes intracomunitarias.
Es decir: también cuando eres tú quien compra. Ese es el punto que más se pasa por alto. Si pagas suscripciones a proveedores europeos y estás en el ROI, esas adquisiciones van al 349.
#Antes del 349: el ROI y el VIES
Dos requisitos previos que no son opcionales:
1. Alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios), con el modelo 036. Tiene que estar hecha antes de la primera operación, porque no tiene efectos retroactivos.
2. Verificación del NIF-IVA de tu cliente en el sistema VIES de la Comisión Europea, y guardar el justificante. Si el NIF no es válido, la exención no aplica y ese IVA lo acabas pagando tú.
El detalle de cómo facturar en cada caso está en la guía de facturar a un cliente extranjero.
#Cada cuánto se presenta
La periodicidad depende del volumen de tus operaciones:
| Situación | Periodicidad |
|---|---|
| Volumen habitual de un autónomo pequeño | Trimestral |
| Superado el umbral de entregas de bienes | Mensual |
| Volumen muy reducido, cumpliendo requisitos | Anual |
Los plazos coinciden con los del resto de declaraciones: los primeros 20 días del mes siguiente al periodo, y hasta el 30 de enero para el último periodo del año.
Confirma tu periodicidad en la sede electrónica: los umbrales se han modificado y presentar con la periodicidad equivocada también es un incumplimiento.
#Cómo se rellena
Es una de las declaraciones más sencillas que existen. Una línea por cada operador con el que has trabajado en el periodo, con:
- NIF-IVA del operador, con su prefijo de país.
- Nombre o razón social.
- Clave de operación.
- Importe total de las operaciones con ese operador en el periodo.
Fíjate en que se agrupa por operador, no por factura. Si has emitido ocho facturas al mismo cliente alemán en el trimestre, es una sola línea con la suma.
#Las claves de operación
Las que va a usar un autónomo de servicios:
| Clave | Qué declara |
|---|---|
| S | Prestaciones de servicios a otro Estado miembro |
| I | Adquisiciones de servicios de otro Estado miembro |
| E | Entregas intracomunitarias de bienes |
| A | Adquisiciones intracomunitarias de bienes |
Hay más claves para supuestos específicos (operaciones triangulares, acuerdos de venta en consigna, rectificaciones). Si tu caso no encaja en las cuatro de arriba, mírate el resto antes de presentar.
#Los errores más frecuentes
No presentarlo por creer que, al no haber cuota, no hay obligación.
Olvidar las adquisiciones. Solo se declaran las ventas y se dejan fuera las compras de servicios a proveedores europeos.
NIF-IVA mal escrito o sin prefijo de país. El sistema europeo cruza estos datos entre administraciones: un NIF incorrecto genera una discrepancia que llega en forma de requerimiento.
Declararlo por factura en lugar de por operador, que infla el número de registros y no cuadra con el cruce.
Clave equivocada, típicamente confundir prestación (S) con adquisición (I).
No cuadrar con el 303. Los importes del 349 tienen que ser coherentes con las casillas de operaciones intracomunitarias del 303 y del modelo 390. Es uno de los cruces automáticos más habituales.
#Preguntas frecuentes
#¿Tengo que presentarlo si no he hecho ninguna operación este trimestre?
Si estás en el ROI y no ha habido operaciones en el periodo, en general no hay obligación de presentar una declaración sin contenido. Comprueba tu caso concreto, porque depende de tu situación censal.
#¿Entra Reino Unido?
No. Tras el Brexit, Reino Unido es un tercer país: sus operaciones no son intracomunitarias y no van al 349. Tampoco requieren ROI.
#¿Cuánto es la sanción por no presentarlo?
Es una infracción por no presentar en plazo una declaración informativa, con sanción calculada por dato o conjunto de datos omitidos y un mínimo. No es una cifra dramática, pero es completamente evitable.
#¿Un cliente particular de la UE va al 349?
No. El 349 recoge operaciones con empresarios y profesionales. A un particular de la UE le facturas con IVA español (salvo la regla especial de servicios electrónicos) y esa operación no va al 349.
#¿Necesito gestoría para esto?
Es una declaración sencilla, pero el conjunto —ROI, VIES, reglas de localización, autorrepercusión en el 303, ventanilla única— es el área donde más errores caros se cometen por hacerlo solo. Si facturas al extranjero con regularidad, es uno de los casos en los que el asesor se paga solo, como se explica en gestoría o hacerlo solo.
#¿El 349 sustituye a alguna otra declaración?
No. Es adicional al 303 y, en su caso, al 390. Las operaciones intracomunitarias se reflejan en las tres, y los importes tienen que ser coherentes entre ellas.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que presentarlo si no he hecho ninguna operación este trimestre?
¿Entra Reino Unido?
¿Cuánto es la sanción por no presentarlo?
¿Un cliente particular de la UE va al 349?
¿Necesito gestoría para esto?
¿El 349 sustituye a alguna otra declaración?
Fuentes oficiales consultadas