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Calculadora de IVA e IRPF para tus facturas

Calcula el total de tu factura con IVA y retención de IRPF, y descubre cuánto del dinero que cobras es realmente tuyo y cuánto tendrás que ingresar a Hacienda.

Calcula tu factura

El IVA lo sumas y la retención de IRPF se resta. Aquí ves las dos cosas y, sobre todo, cuánto del dinero que entra en tu cuenta es realmente tuyo.

€

El importe de tus servicios, sin impuestos.

Solo se aplica cuando facturas a empresas o a otros profesionales, no a particulares.

Total de la factura —

Base imponible

—

IVA a sumar

—

IRPF retenido

—

Tuyo de verdad

—

Guardar para el 303

—

#Por qué el total de una factura confunde tanto

Porque en una sola factura se mezclan tres cosas con dueños distintos: tu trabajo, un impuesto que recaudas para Hacienda y un adelanto de tu propio impuesto que paga tu cliente en tu nombre.

  • La base imponible es lo que vale tu trabajo. Esto es tuyo.
  • El IVA se suma a la base. Lo cobras, pero no es tuyo: lo ingresas con el modelo 303.
  • La retención de IRPF se resta de la base. Tu cliente se lo queda y lo ingresa a Hacienda a tu nombre, como anticipo de tu declaración.

#Cuándo hay que aplicar retención de IRPF

La retención solo se practica cuando quien recibe la factura es empresa, profesional o entidad obligada a retener. Si facturas a un particular, no hay retención, aunque tu actividad sea profesional.

El porcentaje general para actividades profesionales es el 15 %, con un tipo reducido durante el año de alta y los dos siguientes. Algunas actividades tienen porcentajes específicos.

#El error que más dinero cuesta

Gastarse el IVA cobrado. Es el clásico: llega una factura de 1.210 €, el autónomo ve 1.210 € en el banco y hace sus cuentas con esa cifra. Cuando llega el 20 de abril hay que ingresar el IVA del trimestre y el dinero ya no está.

La solución práctica: en cuanto cobras una factura, aparta el IVA en una cuenta distinta. No es tu dinero, y tratarlo como si lo fuera es la primera causa de agobio de tesorería entre autónomos.

#Cuánto te queda de una factura, con números

La duda real no es cómo se calcula, es cuánto acaba siendo tuyo. Los importes más habituales, con IVA general del 21 % y retención del 15 %:

Base imponibleIVA que sumasRetención que restasCobrasTuyo de verdad
500 €+105 €−75 €530 €425 €
1.000 €+210 €−150 €1.060 €850 €
2.000 €+420 €−300 €2.120 €1.700 €
3.000 €+630 €−450 €3.180 €2.550 €
5.000 €+1.050 €−750 €5.300 €4.250 €

Dos lecturas que cambian la forma de llevar las cuentas:

  • Lo que cobras no es lo que ganas. De una base de 1.000 € te entran 1.060 €, pero 210 € son IVA que vas a tener que ingresar. Lo tuyo son 850 €, un 20 % menos de lo que marca el extracto del banco.
  • La retención no es un gasto. Esos 150 € no los pierdes: son IRPF tuyo que tu cliente adelanta en tu nombre. Aparecen a tu favor en la declaración anual.

#La retención reducida del 7 %

Si acabas de empezar, puedes aplicar el 7 % en lugar del 15 % durante el año en que te das de alta y los dos siguientes, siempre que no hubieras ejercido ninguna actividad profesional en el año anterior al alta.

Sobre esa misma base de 1.000 €, la diferencia es inmediata: con el 7 % cobras 1.140 € en vez de 1.060 €. Ochenta euros más en la cuenta, hoy.

Es una opción, no una obligación, y se comunica al cliente indicando el porcentaje en la propia factura. Si dudas, el 15 % es la elección prudente.

#Preguntas frecuentes

#¿Puedo emitir una factura sin IVA?

Solo si tu operación está exenta o no sujeta: algunas actividades formativas, sanitarias, determinadas operaciones intracomunitarias o exportaciones. En esos casos la factura debe indicar el motivo de la exención y el artículo que la ampara. No puedes decidir no aplicar IVA por comodidad.

#¿La retención se calcula sobre la base o sobre el total con IVA?

Sobre la base imponible, nunca sobre el total con IVA. Es un error frecuente que hace que la factura no cuadre con lo que declara tu cliente.

#¿Qué pasa si mi cliente no me retiene cuando debía?

La obligación de retener es de tu cliente y la responsabilidad ante Hacienda también, pero el problema práctico es tuyo: si nadie ha anticipado ese IRPF, te tocará pagarlo entero en tu declaración. Revisa siempre que la retención aparezca correctamente en la factura.

#¿Tengo que numerar las facturas de forma consecutiva?

Sí. La numeración debe ser correlativa y sin saltos dentro de cada serie. Puedes tener series distintas (por ejemplo, para rectificativas), pero cada una debe mantener su orden. Los tres casos en que la serie separada es obligatoria, y qué hacer si te saltas un número, en la guía de numeración de facturas.

#¿Y si el cliente me pide una factura antes de hacer el trabajo?

Eso no es una factura, es una factura proforma: un documento previo que no se numera en tu serie, no se declara y no genera IVA. Sirve para presupuestar o para pedir un anticipo, pero en cuanto cobras ese anticipo ya hay devengo y toca emitir factura de verdad.

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Es gratis y no hace falta pedir permiso. Copia el código y pégalo en tu página: la calculadora funciona igual que aquí y se actualiza sola cuando cambian los datos.