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Impuestos Actualizado oct. 2026

Deducir la casa trabajando desde ella: el cálculo exacto

Cómo se calcula la parte deducible de hipoteca, IBI, comunidad y suministros cuando trabajas desde casa, y el trámite previo sin el que no puedes deducir nada.

En esta guía

Trabajas desde casa, así que parte de tu vivienda es tu oficina. Parece lógico deducir la parte proporcional, y lo es: la ley lo permite expresamente. Pero el cálculo tiene dos reglas distintas según el tipo de gasto, y un trámite previo sin el cual no puedes deducir ni un euro.

Ese trámite es lo que más gente se salta.

#El trámite previo: el paso que no se puede saltar

Cuando te das de alta —o después, mediante una declaración de modificación— tienes que indicar en el modelo censal:

  • El domicilio donde desarrollas la actividad, que es tu vivienda.
  • El porcentaje del inmueble afecto a la actividad.

Ese porcentaje se calcula por metros cuadrados: superficie destinada a la actividad dividida entre superficie total.

Sé razonable con el porcentaje. Una habitación de trabajo en un piso de 90 m² son 10-15 m², es decir un 11-17 %. Declarar el 50 % de tu vivienda como oficina es una invitación a que te lo revisen.

#Regla 1: los gastos de titularidad, por metros

Estos se deducen en el porcentaje de metros afectos, el mismo que declaraste:

  • Intereses de la hipoteca — solo los intereses, nunca la amortización del capital.
  • IBI.
  • Cuota de comunidad.
  • Seguro del hogar.
  • Tasa de basuras.
  • Amortización del inmueble, sobre el valor de construcción (no el del suelo).

Ejemplo: vivienda de 90 m², despacho de 12 m² → 13,33 %. Si el IBI anual es 450 €, deduces 60 €.

#Regla 2: los suministros, con su propia fórmula

Aquí está la particularidad que introdujo la reforma de 2017, y que casi nadie aplica bien.

Para luz, agua, gas, telefonía e internet, la deducción no es el porcentaje de metros: es un porcentaje reducido aplicado sobre ese porcentaje, salvo que puedas probar otro.

El motivo tiene sentido: que dediques el 13 % de los metros no significa que consumas el 13 % de la luz — la nevera y la calefacción funcionan igual trabajes o no.

El cálculo, con el 30 % que establece la norma como referencia:

Metros afectos:        12 / 90 = 13,33 %
Porcentaje aplicable:  13,33 % × 30 % = 4 %
Factura anual de luz:  1.200 €
Deducible:             48 €

#El IVA de la vivienda: otra historia

En IVA el criterio es distinto y más restrictivo para inmuebles: se admite la deducción en la parte que se afecta a la actividad, pero necesitas factura con IVA repercutido por esa parte.

Y ahí está el problema práctico:

  • Si eres propietario, los suministros vienen a tu nombre con su IVA, y puedes deducir la parte proporcional.
  • Si estás de alquiler, para deducir el IVA del alquiler tu arrendador tendría que repercutirte IVA por la parte afecta, emitiendo factura. Eso le obliga a una operación que muchos particulares no quieren hacer, y muchos contratos ni lo contemplan.

Por eso la deducción del alquiler es teóricamente posible y prácticamente difícil. Antes de contar con ella, habla con tu arrendador.

#Lo que sí es 100 % deducible

Al margen del porcentaje de la vivienda, estos gastos son íntegramente deducibles porque son de la actividad, no del inmueble:

  • Mobiliario y equipamiento del despacho: mesa, silla, monitor, ordenador, iluminación.
  • Una línea de internet o teléfono dedicada a la actividad, a tu nombre profesional. Esta es la vía limpia: en lugar de pelear el 4 % de tu línea doméstica, contrata una línea para el negocio y deduce el 100 %.
  • Material de oficina.

El resto de la lista está en la guía de gastos deducibles.

#Cómo documentarlo para dormir tranquilo

Si algún día te lo revisan, esto es lo que marca la diferencia:

  1. El 036 con la afectación declarada. Guarda el justificante.
  2. Un plano o croquis con los metros de la vivienda y los de la zona afecta.
  3. Facturas a tu nombre, no a nombre de tu pareja o de un familiar.
  4. El cálculo escrito, con los porcentajes y de dónde salen. Una hoja de cálculo de tres líneas te ahorra media hora de explicaciones.
  5. Coherencia. Si declaras el 13 % y en tu declaración deduces el 40 % de la luz, la incoherencia salta sola.

#Preguntas frecuentes

#¿Puedo deducir la hipoteca entera?

No. Solo la parte de intereses y solo en el porcentaje de metros afectos. La amortización del capital nunca es gasto deducible: es la devolución de un préstamo, no un coste.

#¿Tiene que ser una habitación independiente?

La norma no exige una puerta, exige que la superficie esté identificada y sea razonable. Pero en la práctica, una zona delimitada y dedicada es mucho más fácil de sostener que "la mesa del salón". Si tienes habitación, úsala como referencia.

#¿Y si vivo de alquiler y no hay IVA en el contrato?

El alquiler de vivienda a particular está exento de IVA. Para deducir la parte afecta necesitarías que tu arrendador renunciara a la exención en esa parte y te emitiera factura con IVA, lo que rara vez ocurre. En IRPF sí podrías deducir la parte proporcional de la renta, pero necesitas justificante y que el contrato lo permita.

#¿Deducir la casa aumenta el riesgo de comprobación?

Es uno de los tres focos habituales, junto con el coche y las comidas. Con el 036 presentado, un porcentaje razonable y el cálculo documentado, es una posición perfectamente defendible.

#¿Puedo cambiar el porcentaje si me muevo de habitación?

Sí, presentando una declaración de modificación censal. Si el cambio es relevante, hazlo: es mejor tener el dato actualizado que sostener un porcentaje que ya no corresponde.

#¿Afecta esto a la exención por venta de vivienda habitual?

Afectar parcialmente una vivienda a la actividad puede tener consecuencias cuando la vendas, sobre todo en la parte afecta. Si prevés vender, consúltalo con un asesor antes: es una de esas decisiones donde el coste de equivocarse supera con mucho lo que cuesta una consulta.

Preguntas frecuentes

¿Puedo deducir la hipoteca entera?
No. Solo la parte de intereses y solo en el porcentaje de metros afectos. La amortización del capital nunca es gasto deducible: es la devolución de un préstamo, no un coste.
¿Tiene que ser una habitación independiente?
La norma no exige una puerta, exige que la superficie esté identificada y sea razonable. Pero en la práctica, una zona delimitada y dedicada es mucho más fácil de sostener que "la mesa del salón". Si tienes habitación, úsala como referencia.
¿Y si vivo de alquiler y no hay IVA en el contrato?
El alquiler de vivienda a particular está exento de IVA. Para deducir la parte afecta necesitarías que tu arrendador renunciara a la exención en esa parte y te emitiera factura con IVA, lo que rara vez ocurre. En IRPF sí podrías deducir la parte proporcional de la renta, pero necesitas justificante y que el contrato lo permita.
¿Deducir la casa aumenta el riesgo de comprobación?
Es uno de los tres focos habituales, junto con el coche y las comidas. Con el 036 presentado, un porcentaje razonable y el cálculo documentado, es una posición perfectamente defendible.
¿Puedo cambiar el porcentaje si me muevo de habitación?
Sí, presentando una declaración de modificación censal. Si el cambio es relevante, hazlo: es mejor tener el dato actualizado que sostener un porcentaje que ya no corresponde.
¿Afecta esto a la exención por venta de vivienda habitual?
Afectar parcialmente una vivienda a la actividad puede tener consecuencias cuando la vendas, sobre todo en la parte afecta. Si prevés vender, consúltalo con un asesor antes: es una de esas decisiones donde el coste de equivocarse supera con mucho lo que cuesta una consulta.

Fuentes oficiales consultadas